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MODIFICACIÓN DESDE AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS → A AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA BÚSQUEDA DE EMPLEO O PARA EMPRENDER PROYECTO EMPRESARIAL

299.00 

Es una autorización de residencia que podrá obtener la persona extranjera que haya finalizado los estudios en un centro o institución de educación superior, alcanzando como mínimo el Nivel 6 de acuerdo con el Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado, durante un periodo máximo improrrogable de veinticuatro meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial.

Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, no se está autorizado a trabajar.

  • No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o salud pública.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido los últimos cinco años, por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • Ser titular de una autorización de estancia de larga duración por estudios.
  • Haber finalizado los estudios y haber alcanzado como mínimo el Nivel 6, de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado universitario.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • Contar con un seguro médico público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de residencia.
  • Abonar la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.
  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX -26), debidamente cumplimentado y firmado por la persona estudiante extranjera.
  • Declaración responsable detallando los medios con los que acredite la suficiencia de recursos económicos.
  • Documentación acreditativa de haber finalizado los estudios, habiendo obtenido, como mínimo, el título de grado universitario.
  • Copia del pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España, con vigencia mínima de un año.
  • Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
  • Si la autorización de estancia por estudios fue de duración inferior a seis meses:
    • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.