Saltar al contenido

PRÓRROGA DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL CON EXCEPCIÓN A LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO

299.00 

Se trata de la prorroga de autorización de residencia temporal concedida anteriormente con excepción a la autorización de trabajo

 

Categoría:

Las solicitudes se deberán presentar durante los dos meses naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización.

También se puede solicitar dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–09), debidamente cumplimentado y firmado.
  • Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
  • Documentación acreditativa de que subsisten las circunstancias que motivaron la exceptuación según el supuesto de excepción a la autorización de trabajo.
  • Tasas correspondiente: se devengarán en el momento de presentación de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles.
  • Modelo 790 código 052, epígrafe 2.2.4. “renovación o prórroga de residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo”.
  • Plazo de resolución de la solicitud de prórroga: tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarla. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo. 
  • En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión de la prórroga, la persona extranjera deberá solicitar, personalmente, la tarjeta de identidad de extranjeros en la Comisaría de Policía competentes de su lugar de residencia.
  • La vigencia de la autorización de residencia temporal con excepción a la autorización de trabajo será igual a la duración de la actividad o programa que se desarrolle, con el límite máximo de un año la autorización inicial, y de cuatro en la prórroga, si subsisten las circunstancias que motivaron la excepción.