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PRÓRROGA DE LA AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA DE LARGA DURACIÓN → PARA LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO DE VOLUNTARIADO
299.00 €
Se trata de la prorroga de la autorización de estancia de larga duración que anteriormente se había concedido para la prestación de un servicio de voluntariado
Durante los dos meses previos o en los tres meses posteriores a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización, la persona titular de la misma podrá solicitar una prórroga cuando acredite la continuación en la prestación del servicio de voluntariado.
- Pasaporte o título de viaje en vigor.
- Documentación acreditativa de continuar en la prestación del servicio de voluntariado en las mismas condiciones.
- Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.
- Justificante del abono de la tasa.
- Plazo de resolución de la solicitud: un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
- Vigencia de la prórroga: coincidirá con la duración de la prestación del servicio de voluntariado con un límite de un año.
- Únicamente podrá solicitarse en una ocasión la prórroga.
- En el plazo de un mes desde la notificación, la persona extranjera deberá solicitar, personalmente, la tarjeta de identidad de extranjero en la Comisaría de Policía competentes de su lugar de residencia.