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VISADO DE RESIDENCIA Y TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN

299.00 

Este visado permite al titular residir en España para llevar a cabo proyectos de investigación.

El ciudadano extranjero solicitante debe ser contratado por un organismo de investigación autorizado para suscribir convenios de acogida. Este organismo debe solicitar previamente una autorización de residencia y trabajo para investigación ante el órgano competente.

Categoría:

Es necesario cumplimentar el formulario de solicitud, que irá acompañado de la siguiente documentación:

  1. Una fotografía reciente en color, de frente, en tamaño 3x4 y con fondo blanco, que se adjuntará al formulario de solicitud.
  2. El documento de pasaporte con una vigencia de cuatro meses como mínimo y una fotocopia de las dos primeras hojas. Además, el pasaporte debe tener al menos dos hojas en blanco. El documento deberá haberse expedido como máximo 10 años antes de la fecha prevista del viaje, dado que el visado perderá su validez si el pasaporte caduca.
  3. Una copia del contrato laboral sellado por una oficina de extranjería.
  4. Una fotocopia de la resolución de concesión de autorización de residencia y trabajo solicitada por el empleador.
  5. Un certificado médico que acredite que el interesado no tiene ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones graves de salud pública.
  6. Un certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades del país de origen que acredite que el solicitante no tiene condenas.
  7. El comprobante de pago de las tasas del visado.

Se deben presentar originales y fotocopias, por separado, de todos los documentos en la oficina consular del país correspondiente.